Causas penales y consumos: qué propone el programa de Salta
La iniciativa articula tratamiento sanitario y seguimiento judicial para mayores de 18 años bajo determinadas medidas. El ingreso dependerá de una evaluación profesional y de los cupos disponibles.

La Justicia de Salta avanzó en la implementación de un programa piloto para personas mayores de 18 años con consumos problemáticos de sustancias y causas penales. La propuesta combina tratamiento sanitario y seguimiento judicial, pero no elimina las causas ni reemplaza automáticamente las penas.
El convenio establece que el consumo problemático, por sí solo, no implica peligrosidad ni riesgo de reincidencia.
El acuerdo entre la Corte de Justicia y el Ministerio de Salud Pública quedó formalizado mediante la Acordada 14783/2026, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
Podrán acceder quienes:
- Cumplan medidas alternativas a la prisión.
- Se encuentren bajo suspensión del juicio a prueba.
- Tengan condenas de ejecución condicional.
Para ingresar, profesionales deberán determinar que existe una relación clínicamente relevante entre el consumo problemático y los factores vinculados con la conducta investigada. Cada caso será evaluado por equipos especializados y la incorporación dependerá de los cupos disponibles.
La Oficina de Medidas Alternativas y Sustitutivas de la Justicia gestionará las solicitudes. La Secretaría de Salud Mental y Adicciones realizará las evaluaciones y definirá las estrategias de tratamiento.
El dispositivo prevé ciclos psicoeducativos de aproximadamente dos meses, con grupos de hasta diez participantes. Habrá talleres semanales y acompañamiento individual, de acuerdo con las necesidades detectadas en cada caso.
El convenio establece que el consumo problemático, por sí solo, no implica peligrosidad ni riesgo de reincidencia. También fija pautas para proteger la confidencialidad de la información clínica y dispone que los tratamientos se definan a partir de evaluaciones individualizadas.
La iniciativa suma herramientas terapéuticas al seguimiento de personas que ya están bajo medidas judiciales no privativas de la libertad. No implica la eliminación de causas penales ni la sustitución automática de penas.
Fuente: Aries
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