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Un pozo sigue emanando gases y la contaminación podría llegar a campos cercanos

La Justicia intimó a YPF y President Petroleum a presentar, en diez días hábiles, un plan para cerrar el pozo Loma de Olmedo X-10 y contener las sustancias presentes en el terreno. La medida busca reducir el riesgo para áreas agrícolas y ganaderas cercanas ante la próxima temporada de lluvias.

Redacción de El Espectador del NOA26 de oct de 2026
Un pozo sigue emanando gases y la contaminación podría llegar a campos cercanos

La Justicia ordenó medidas urgentes para frenar la contaminación en el pozo petrolero Loma de Olmedo X-10, en Puesto Guardián. El riesgo es que las lluvias arrastren las sustancias presentes en la superficie hacia terrenos agrícolas y ganaderos cercanos.

La resolución no define la responsabilidad final de las compañías.

La medida cautelar, preventiva y provisoria fue dispuesta en San Ramón de la Nueva Orán a pedido de la fiscal penal de Pichanal, María Sofía Fuentes. La resolución, notificada el 23 de octubre de 2026, exige a YPF S.A. y President Petroleum S.A. presentar, en un plazo de diez días hábiles, un plan técnico para el cierre definitivo del pozo y otro de contingencia y contención ambiental.

El pedido se apoyó en pericias y constataciones del Cuerpo de Investigaciones Fiscales. En la causa se advirtió sobre la persistencia de emanaciones de gases y la presencia de una sustancia sobre la superficie, en inmediaciones del pozo. La posibilidad de que las precipitaciones extiendan la afectación a propiedades vecinas vuelve urgente la intervención.

Los planes deberán detallar cómo se realizará el cierre seguro, qué medidas impedirán nuevas emanaciones, quiénes estarán a cargo, cuáles serán los plazos y cómo se controlarán los resultados. También deberán prever el aislamiento del área, barreras de contención, monitoreo de terrenos próximos y protocolos de actuación ante lluvias.

El plan para contener la sustancia deberá ser elaborado por las empresas involucradas de manera solidaria y por las secretarías provinciales de Ambiente y de Minería y Energía, a través de sus organismos técnicos. E.P.P. Petróleo S.A., Tripetrol Petroleum S.A., Netherfield Corporation Sucursal Argentina y Petrolera San José S.R.L. todavía están pendientes de notificación.

La resolución no define la responsabilidad final de las compañías. Sí sostiene que las empresas que integraron la cadena de concesión podrían tener responsabilidad objetiva y solidaria por los costos del cierre y la recomposición del suelo. También aclara que contar con autorizaciones administrativas no las exime de cumplir las obligaciones ambientales.

La decisión se basa en los principios de prevención y precaución de la Ley General del Ambiente y en el Acuerdo de Escazú. Si las intimaciones no se cumplen, podrían aplicarse las consecuencias previstas para el delito de desobediencia judicial.

Fuente: Fiscales Penales de Salta

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